2. Calendario de pagos
ACTUALIZADA

Impuesto de actividades económicas (IAE)

Impuesto de circulación municipal (IVTM)

Declaración de renta 2002

Calendario principales obligaciones tributarias estatales (2003) (spain, Europe)

También debe tener en cuenta

Agencia tributaria (A.E.A.T.)

Volver a menú principal

 

 

IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE)

El período de pago es entre el 15 de septiembre y el 20 de noviembre de cada año y los retrasos se penalizan con recargos.

Este impuesto era el llamado anteriormente licencia fiscal, y grava cualquier actividad económica (empresarial, profesional o artística). Todo profesional está obligado a darse de alta antes de iniciar la actividad (modelo 846) en la delegación de hacienda que le corresponde según la ubicación de su domicilio. La cuota es la misma para todo el estado, aún cuando es un impuesto local.

Volver a índice

Volver a menú principal

 
IMPUESTO DE CIRCULACIÓN MUNICIPAL (IVTM)



Es un impuesto anual y los plazos varían de un municipio a otro en función de las fechas de aprobación de los presupuestos y tasas municipales.

Todos los ayuntamientos gravan con un impuesto la posesión de un vehículo a motor y el uso de las vías públicas. Este impuesto es el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (antiguamente llamado impuesto de circulación). Debe de pagarlo el titular del vehículo en función de los caballos fiscales que este posea (no confundir con los caballos de fuerza del motor). Además cada ayuntamiento aplica unos indices correctores en este impuesto en función del número de habitantes que posea, por lo que las tarifas son distintas para cada cuota y ayuntamiento.

Volver a índice

Volver a menú principal

 
DECLARACION DE RENTA 2002



El plazo para presentar todas las declaraciones independientemente de su resultado (ingresar o devolver) es el mismo : desde el 1 de mayo de 2003 hasta el 30 de junio de 2003.

Documentos necesarios siempre teniendo en cuenta el caso particular de cada contribuyente :


TODOS LOS TITULARES DE LICENCIA DE TAXI POR RAZON DE SU ACITIVIDAD TENDRAN QUE REALIZAR LA DECLARACION DE RENTA EN EL MODELO ORDINARIO MODELO 100

Servicios ayuda renta 2001

Información tributaria renta 2001

Teléfono : 901 33 55 33 Horario : 9 a 21 horas de lunes a viernes y sábados de 9 a 14 horas desde el 2 de mayo hasta el 1 de julio. Resto del año, de lunes a viernes de 9 a 19 horas.

Solicitud datos fiscales

Teléfono : 901 12 12 24
Desde el uno de abril hasta el 30 de mayo, las 24 horas del día, puede solicitar el envío por correo a su domicilio de los datos relativos a rendimientos, etenciones, ventas de activos financieros, etc, para su declaración de irpf 2001. Se enviarán a partir del 1 de mayo y deberá comunicar en el momento de la llamada su DNI y el importe de la casilla 57 de su declaración de irpf 2000.

Página web : http://www.aeat.es puede pedirlos o consultarlos directamente si posee el certificado de usuario.

Cita previa

Teléfono : 901 22 33 44
Desde el 24 de abril hasta el 28 de junio, en horario de lunes a viernes de 9 a 21 horas, puede reservar cita para la confección (gratuita) de la declaración de renta 2001 en las oficinas de la agencia tributaria.

Confección telefónica

Teléfono : 901 22 22 50
Desde el 2 de mayo hasta el 20 de junio de lunes a viernes de 9 a 21 horas y sábados de 9 a 14 horas, puede llamar para que le confeccionen, con los datos que usted aporte, su declaración, si es del modelo simplificado. La recibirá en su domicilio por correo para su entrega tras revisarla usted.

Programa padre

Página web : http://www.aeat.es
De venta en oficinas y algunos estancos (cd rom). En internet, podrá encontrar el programa de ayuda para confeccionar sus declaraciones (win 95 y superiores). Los usuarios de sistemas operativos no Windows pueden ejecutar el programa padre de forma remota desde nuestro servidor web.

Internet

En la web de la agencia tributaria podrá presentar sus declaraciones de renta y patrimonio, consultar sus datos fiscales, imprimir sus etiquetas y notificar cambios de domicilio, entre otros servcios si dispone del certificado de usuario. Para obtenerlo consulte la web o llame al 901 33 55 33.
Sin necesidad de certificado puede consultar información general, descargar el programa padre, pedir los datos fiscales y etiquetas, para solicitar cita previa, etc.

Volver a índice

Volver a menú principal

 
CALENDARIO PRINCIPALES OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ESTATALES (2003)



La obligatoriedad de presentar declaraciones-liquidadiones(autoliquidaciones) puede ser trimestral o mensual, según el impuesto y el tipo de obligado tributario de que se trate. Así: presentarán declaraciones periódicas de carácter trimestral, en los impuestos que se señalan en el calendario, los empresarios individuales y los profesionales, tanto en estimación objetiva como en estimación directa, así como las sociedades y los entes del artículo 33 de la Ley General Tributaria, en general. Los agricultores, ganaderos, titulares de actividades forestales y los profesionales, no tendrán la obligación de efectuar pagos fraccionados de renta cuando haya sido objeto de retención o ingreso a cuenta el 70% de los ingresos de su explotación excluidas indemnizaciones y subvenciones, referidas al año 2001.
A partir del 1 de enero de 2002 no será posible la presentación de declaraciones tributarias utilizando modelos en pesetas, por lo que deberán utilizarse necesariamente los modelos en euros aprobados y que estén en vigor en el momento de presentación de la declaración.
Se podrá realizar la presentación telemática por internet de las declaraciones correspondientes a los modelos 130 y 131 de renta, los 310 y 390 de i.v.a., así como el i.r.p.f. y el impuesto sobre patrimonio 2002.

Recuerde :
Si coincide la fecha de vencimiento del plazo de presentación de declaraciones tributarias con alguna festividad local o autonómica, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario.

Volver a índice

Volver a menú principal

 
TAMBIEN DEBE TENER EN CUENTA



Modelos 036 y 037. Declaración censal

Impuesto especial sobre determinados medios de transporte

Volver a índice

Volver a menú principal

 
 imagen agencia tributaria   AGENCIA TRIBUTARIA (A.E.A.T.)



La agencia tributaria es un organismo dependiente del ministerio de economía y hacienda.

Teléfono : 901 33 55 33 de lunes a viernes de 9:00 a 19:00.

Web : http://www.aeat.es

Volver a índice

Volver a menú principal